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Inicio / Servicios / Gestoría / Liquidación de Impuestos / Modelo 212: Devolución de Retenciones a No Residentes

Modelo 212: Devolución de Retenciones a No Residentes

Gestionamos la devolución del 3% retenido en la venta de tu propiedad cuando no existe incremento patrimonial o la plusvalía es inferior.

Telegaliza · Jávea

Solicitud de Devolución del 3% a No Residentes

Si has vendido una propiedad en España como no residente, te habrán retenido el 3% del precio de compra. Si el impuesto real sobre la plusvalía (incremento de patrimonio) que te corresponde pagar es inferior a ese 3% retenido, o si has vendido con pérdidas (pérdida patrimonial), tienes derecho a reclamar la devolución de la diferencia ante Hacienda mediante el **Modelo 212** (o declaración del Modelo 210 de ganancias patrimoniales).

Plazos y requisitos para la devolución

Dispones de un plazo de tres meses desde que el comprador ingresa la retención para presentar la solicitud. Hacienda comprobará tu historial fiscal y, si no existen deudas pendientes (como el IBI o el impuesto de no residentes anual), ordenará la transferencia a tu cuenta. Nuestros gestores en Jávea gestionan tu reclamación con éxito.

Requisitos y Trámites
Copia del Modelo 211 Es indispensable contar con la copia sellada del Modelo 211 pagado por el comprador.
Justificantes de Compra y Venta Escrituras de adquisición (compra) y de transmisión (venta) con facturas de gastos asociados (notaría, registro, abogados, comisiones inmobiliarias) para calcular la plusvalía exacta.
Cuenta Bancaria IBAN de la cuenta donde Hacienda ingresará la devolución.
Confía en nuestros gestores en Jávea para realizar tus autoliquidaciones.
FAQ

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tarda Hacienda en devolver el dinero?
El plazo legal es de 6 meses desde el vencimiento del plazo de presentación. Si se demora más, devuelven el dinero con intereses de demora.
¿Puedo solicitar la devolución si vendí con pérdidas?
Sí. Si vendiste por un precio inferior al que compraste (ajustado por gastos), la plusvalía es cero y Hacienda te devolverá la totalidad del 3% retenido.
¿Qué deudas pueden bloquear la devolución?
Hacienda compensará cualquier deuda del Impuesto sobre la Renta de No Residentes de los últimos 4 años no declarados antes de devolver el saldo restante.
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